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9 de junio de 2016

Carrió propone que los jueces denunciados no puedan renunciar

Presentó un proyecto con otro diputado de la Coalición. Es tras criticar la decisión de Macri de aceptar la dimisión del polémico magistrado. A qué otros apunta.
Fue uno de los temas en los que dejó bien claras sus diferencias con Mauricio Macri. Y ahora va por más. Elisa Carrió presentó un proyecto en el que propone que el Presidente no pueda aceptar la renuncia de los jueces que tengan denuncias en trámite, para que estas no se diluyan. Fue la dura crítica que le hizo al líder del PRO, por la salida de Norberto Oyarbide.

La iniciativa de Carrió no sólo arrastra nombres y apellidos vinculados al pasado. Además de los casos de Oyarbide y los jueces identificados con el menemismo que se fueron con limpieza de currículum, el proyecto que presentó junto con el también diputado Fernando Sánchez mira hacia adelante. Carrió piensa (mal) en magistrados con larga trayectoria y cuestionados por ciertas decisiones durante la era K como Rodolfo Canicoba Corral, Julián Ercolini y Daniel Rafecas. Tampoco le caen bien los camaristas Eduardo Freiler y Jorge Ballestero.

Ante la consulta de Clarín, desde la Coalición Cívica buscaron evitar la personalización: "El proyecto no lleva nombres propios, busca que no puedan renunciar y disfrutar de su jubilación de privilegio aquellos jueces que tengan denuncias pendientes".

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El proyecto propone que esas denuncias se diriman en el Consejo de la Magistratura, el organismo encargado de nombrar y controlar a los jueces.

En su cruzada ética en la Justicia, la líder de la CC no sólo tiene en la mira a fiscales y magistrados. Tampoco le cierra el rol que le adjudica al presidente de Boca y amigo de Macri, Daniel Angelici. Incluso lo denunció por esas supuestas operaciones.

PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,…

Artículo 1°.- Agréguese el artículo 27 bis a la ley N° 24.937 -texto ordenado por decreto N° 816/1999-, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 27 bis. Renuncia.- En caso de renuncia de un magistrado sobre el cual existan denuncias en trámite, la misma no podrá ser aceptada hasta tanto no se termine la sustanciación de las mismas. La renuncia en ningún caso será causal para declarar abstracta una denuncia.

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Las denuncias deberán ser tratadas en conjunto por el Consejo de la Magistratura dentro de los sesenta (60) días desde la presentación de la renuncia.

Tampoco podrán otorgarse los beneficios de la ley N° 24.018 a un magistrado que solicite la jubilación en tanto no se sustancien las denuncias existentes en su contra ante el Consejo de la Magistratura.”

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

 

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